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Luego de dar trámite al recurso de reposición presentado por la concesionaria “Ruta Bogotá Norte” el pasado 18 de enero de 2024, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla), confirmó el archivo de la solicitud de licencia ambiental para el Proyecto Accesos Norte Fase II, Unidades Funcionales 1, 2, 3, 4 y 5, ubicadas en Bogotá, sobre la Autopista Norte entre calles 191 y 245.
(Pasto: Ampliación de la Autonorte, en Bogotá, logró cierre financiero por $700.000 millones).
Las principales consideraciones técnicas que llevaron a ordenar el archivo de la actuación por parte de la Autoridad, se relacionan con la insuficiencia de información técnica contenida en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA).
Una vez revisada y analizada la información, se encontró lo siguiente:
• Algunas obras hidráulicas no se encuentran armonizadas con los instrumentos del Ordenamiento Territorial de Bogotá, tal es el caso de las obras de cruce en las quebradas Las Pilas, La Floresta y Novita, ya que sus dimensiones son más pequeñas de lo proyectado en el Plan. Zonal del Norte (POZ); Además, la quebrada denominada Cañiza, cuya proyección en el Plan Zonal es la reconformación y rehabilitación de dicho cauce, fue desconocida en el EIA presentado por la concesionaria.
• Las obras presentadas por la concesionaria deben garantizar no solo la conectividad hidráulica entre ambos humedales, sino que se favorezca la conservación de los hábitats y los procesos ecológicos allí presentes. Sin embargo, la concesionaria no desarrolló los estudios hidráulicos requeridos y por tanto no se cuenta con la información que permita verificar que las obras propuestas garantizan la conectividad de los humedales.
• La Anla en su deber procesal solicitó concepto técnico a otras entidades sobre el proyecto; entre ellas, la Secretaría Distrital de Planeación, que conceptuó: “los perfiles viales presentados no cumplen con las tipologías urbanísticas establecidas en el actual y anterior Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, en lo concerniente a franjas funcionales”.
• Por su parte, el IDU y el Fideicomiso Lagos de Torca incluyen observaciones y sugerencias frente al manejo del espacio público, la infraestructura vial requerida en términos de movilidad incluida en el Plan de Ordenamiento Zonal del Norte para el sector de la Autopista, los posibles problemas de inundación y las condiciones de diseño de las obras para los cruces de cuerpos de agua.
(Vea: Anla archiva solicitud de licencia ambiental del Regiotram de Occidente).
• Además, los sistemas constructivos del proyecto vial no responden a los requerimientos de protección de la red matriz Tibitoc – Casablanca, según el concepto de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, en el que se solicita que las obras y actividades planteadas para la La construcción de la Autopista Norte mantendrán unas interdistancias con el derecho de vía de la red de acueducto que el proyecto vial no contempla.
Por estas y otras razones técnicas, se archivó el trámite de licenciamiento ambiental del Proyecto Accesos Norte Fase II, por deficiencias en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), decisión que se ratifica tras resolver el recurso de reposición.
Esta decisión no implica la inviabilidad ambiental del proyecto. Esto quiere decir que la concesionaria puede radicar una nueva solicitud de licencia ambiental para el proyecto en mención, cuando se complementen los estudios objeto de requerimiento.
PORTAFOLIO
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