La Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar tomó una decisión histórica, el pasado 10 de abril, en el caso del Juez Décimo Civil Municipal de CartagenaRamiro Flórez Torres quien, según este tribunal, negaba el derecho de acceso a la justicia de dos mujeres que buscaban contraer matrimonio civil.

La negación del togado ha sido calificada como una falta grave y gravísima a la luz de la normatividad disciplinaria, según ese tribunal. Sin embargo, en las últimas horas se conoció que el togado apelaría la sanción.

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El caso se remonta a finales de agosto de 2020, cuando el juez Ramiro Flórez Torres se pronunció en contra de la solicitud de matrimonio civil presentada por una ciudadana colombiana y otra de origen venezolana.

Su argumentación se basó, entonces, en objeciones personales de conciencia, citando razones de moral cristiana y principios religiosos que lo llevaron a rechazar la unión entre la pareja del mismo sexo.

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matrimonio gay

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La respuesta del juez no solo generó controversia sino que también desencadenó un extenso proceso disciplinario, que hoy es referente en el país.

La organización Caribe Afirmativo, que acompaña a las comunidades LGBTIQ+ de toda la región manifestó su rechazo ante la posibilidad de que el togado busque apelar una decisión que resulta histórica para los derechos de estas comunidades.

«Caribe afirmativo reconoce como favorable esta sanción, pues el mencionado juez no solo negó el derecho a la igualdad a una pareja del mismo sexo, sino que su decisión también puedo haber contribuido a prácticas de discriminación y alimento prejuicios sociales. Es pertinente que esta decisión deje lecciones aprendidas y no se siga poniendo en riesgo los derechos adquiridos y reconocidos en Colombia para las personas LGBTIQ+, tanto al matrimonio igualitario, como a gozar de una ciudadanía plena”, señala la Organización Caribe Afijrmativo.

La Presidencia del Consejo Seccional de la Judicatura de Bolívar ordenó una investigación sobre la conducta del juez el 2 de septiembre de 2020; que culminó en una sanción por parte de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar.

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La sanción impuesta al juez Flórez Torres es severa una inhabilidad de 15 años para ejercer cualquier función pública. Esta medida no solo busca corregir la conducta del funcionario en cuestión, sino también enviar un mensaje claro sobre la importancia del respeto a los derechos fundamentales y el cumplimiento de los deberes constitucionales y legales, especialmente para quienes ocupan cargos públicos en el sistema judicial.

Corte Constitucional en materia de matrimonio igualitario

Matrimonio gay AMP

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«La decisión de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar refleja un compromiso con la justicia y la igualdad ante la ley», sostiene Caribe Afirmativo.

Al declarar disciplinariamente responsable al juez Flórez Torres, la autoridad regional ha reafirmado que ningún servidor público, independientemente de sus convicciones personales, puede negar arbitrariamente el acceso a la justicia y los derechos fundamentales de los ciudadanos.

La Comisión Seccional de Bolívar fundó su fallo en la obligación del juez de aplicar los precedentes de la Corte Constitucional en materia de matrimonio igualitario, así como en los principios establecidos en la Constitución colombiana y en los tratados internacionales sobre derechos humanos. La decisión también resalta la necesidad de que los servidores públicos en el ámbito judicial se abstengan de utilizar sus condenas personales como justificación para el incumplimiento de sus deberes legales.

Piden al togado acatar la sanción por respeto a la justicia colombiana ya las comunidades LGBTI

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«La sanción impuesta al juez Ramiro Flórez Torres por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar es un paso significativo en la protección de los derechos humanos y el fortalecimiento del Estado de derecho en Colombia», explica el abogado penal Carlos Camacho.

La sentencia emitida por la autoridad regional envía un mensaje claro sobre la importancia del respeto a la ley y los derechos humanos en el ejercicio de la función pública. Además, establece un precedente importante para futuros casos relacionados con la garantía de acceso a la justicia y la protección de los derechos fundamentales de todas las personas, independientemente de su orientación sexual u otras características.

«Esta decisión subraya la importancia de que los servidores públicos en el sistema judicial cumplan con sus deberes constitucionales y legales sin discriminación ni sesgos personales», agrega Camacho.

Para este juristas y la organización Caribe Afirmativo, el togado debe aplicar la sanción por respeto a la justicia colombiana ya las comunidades LGBTI.

Vale la pena leer:

​»Tras lo ocurrido, en su momento manifestamos nuestra indignación y completo rechazo hacia la situación, pues la respuesta del juez Flórez Torres sí estuvo fundamentada en prejuicios y estuvo totalmente alejada de fundamentos constitucionales, respetuosos y garantías de los derechos de las personas LGBTIQ+ en Colombia Del mismo modo, brindamos acompañamiento jurídico a la pareja afectada, de la mano del Centro de Conciliación de la Fundación Universitaria Colombo Internacional (Unicolombo), en Cartagena, logrando su unión civil en 2021”, concluye Caribe Afirmativo.

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